Medios y confidencialidad
Políticas de nuestra agencia sobre el suministro de información a los medios
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Políticas de confidencialidad y medios
Este documento proporciona orientación sobre la política de medios de la Agencia de Servicios Sociales del Condado de Alameda (ACSSA) y proporciona información a los medios. Esto incluye información en cualquier forma que se pueda proporcionar a los medios de comunicación que tenga el potencial de generar atención de los medios o interés público. Los ejemplos incluyen, entre otros, entrevistas, comunicados de prensa, avisos a los medios, consejos editoriales, cartas al editor, columnas editoriales de opinión, comunicados de prensa de audio o video, secuencias de video B-roll, blogs y otras publicaciones en Internet o redes sociales. utilizado para transmitir noticias o artículos de interés público. Estas pautas son aplicables a todos los Departamentos dentro de la ACSSA excepto al Director de la Agencia.
La ACSSA está comprometida con una cultura de apertura con los medios de comunicación y el público y valora el intercambio de información oportuno, receptivo y preciso. ACSSA se rige por el siguiente conjunto de principios básicos de comunicación:
- Comunicaciones honestas y precisas
- Responder con prontitud a las solicitudes de los medios y a los plazos cuando sea posible
- Promover el libre flujo de información ACSSA apropiada
- Crear transparencia mediante la distribución de información de manera oportuna y amplia a través de Internet, redes sociales, correo electrónico y otros mecanismos de comunicación.
- Proteja la información confidencial y no pública
La Oficina de Asuntos Públicos y Relaciones Comunitarias (OPAC) es el principal punto de contacto para los medios de comunicación y las consultas públicas sobre la ACSSA y sus servicios. OPAC es responsable de:
- Coordinar las respuestas de los medios de comunicación
- Establecer y mantener contactos con los medios
- Seguimiento y monitoreo de la cobertura de noticias, corrigiendo información errónea si es necesario
- Coordinar solicitudes de entrevistas al personal de ACSSA y participación en eventos públicos / comunitarios
- Borrar comunicados de prensa, actividades, eventos y materiales
- Garantizar la publicación oportuna y la difusión eficiente de materiales e información a los medios de comunicación.
- Edición para garantizar que los productos de información pública estén escritos con claridad y mantengan la integridad del contenido programático.
El personal del departamento no debe responder a las consultas de los medios ni distribuir comunicados de prensa. Todas las consultas de los medios deben dirigirse al OPAC para su respuesta y difusión. Solo los portavoces autorizados de ACSSA deben actuar como representantes de ACSSA ante los medios. Esto incluye: Director de la agencia, Subdirector de la agencia, Director de división, Gerente de programa o personal designado por el Director de la agencia o el Subdirector de la agencia para actuar en esta capacidad.
Los medios de comunicación tienen el derecho legal de observar, fotografiar y grabar eventos y personas en lugares públicos con la aprobación previa de la Oficina de Asuntos Públicos de la Agencia. Antes de permitir que los medios graben en cualquier oficina de la SSA, se notificará a todos los clientes presentes. Es opción del cliente determinar si desea ser fotografiado o grabado. Todos los comunicados de prensa apropiados del cliente deben firmarse antes de una sesión de fotografía, una entrevista en cámara o grabada.
Las solicitudes de los medios pueden enviarse a:
Sylvia Soublet
Director de Asuntos Públicos y Relaciones Comunitarias
ssoublet@acgov.org
510-267-9434
Información confidencial: W&IC 10850 (consulte la sección de Bienestar infantil a continuación para conocer las excepciones)
Para proteger a los solicitantes y destinatarios de la identificación, explotación o vergüenza, existen limitaciones específicas en la divulgación de información relacionada con un solicitante y / o destinatario de asistencia pública.
Este procedimiento se aplica a todos los registros, listas, documentos, archivos y comunicaciones pertenecientes a los solicitantes y / o beneficiarios de asistencia pública.
Consentimiento del cliente:
Con el consentimiento del cliente, la información confidencial puede ser divulgada para propósitos específicos siempre que esté dentro de los términos de la divulgación y el consentimiento del cliente. Las siguientes autorizaciones deben proporcionarse antes de la divulgación de cualquier información confidencial del cliente:
Autorización escrita:
Una autorización escrita tendrá fecha y expirará un año después de la fecha en que se otorgue, a menos que se limite expresamente a un período más corto o se revoque.
Autorización verbal:
Se pueden aceptar autorizaciones verbales en lugar de autorización por escrito cuando las circunstancias aseguren que el solicitante / beneficiario se haya identificado adecuadamente en el condado. Una autorización verbal es temporal y debe ir seguida de una autorización por escrito, que se colocará en el expediente del caso.
Intercambio de información:
Se debe consultar al abogado del condado sobre todos los asuntos que impliquen el intercambio o compartir información con otras entidades, departamentos del condado o agencias comunitarias.
Bienestar infantil W&I 10850.4
Si existe una sospecha razonable de que la muerte de un niño fue causada por abuso o negligencia, la SSA divulgará la siguiente información confidencial del caso a la parte indagatoria dentro de los 5 días hábiles posteriores al conocimiento de que ocurrió la muerte (a pedido):
- Edad y sexo del niño;
- La fecha de la muerte;
- Si el niño estaba en cuidado de crianza o en el hogar de un padre o tutor; y
- Si la policía o los servicios sociales están realizando una investigación.
Una vez completada la investigación de abuso o negligencia infantil, la SSA entregará los siguientes documentos, incluidos todos los documentos previamente identificados. En los casos en que la muerte del niño ocurrió mientras el niño vivía con el padre o tutor, la SSA debe revelar todas las referencias anteriores de abuso o negligencia mientras el niño vivía con el padre o tutor, incluidos los siguientes: - Formulario de información de remisión de respuesta de emergencia (con la información de la parte informante redactada);
- Formulario de Notificación de Respuesta a Emergencias de Disposición de Remisión; relacionado con el abuso o negligencia que causó la muerte del niño;
- Cualquier informe cruzado completado por la SSA a las fuerzas del orden en relación con el niño fallecido;
- Todas las evaluaciones de riesgo y seguridad completadas por la SSA relacionadas con el niño fallecido;
- Todos los registros de salud del niño fallecido, excluidos los registros de salud mental, que estén relacionados con la muerte del niño y lesiones anteriores; y
- Copias de informes públicos sobre la persona contra la cual se comprobó el abuso o negligencia infantil.
En los casos en que la muerte del niño ocurrió mientras estaba en cuidado de crianza, además de todos los registros enumerados anteriormente, la SSA debe proporcionar los siguientes registros a la parte indagatoria (a pedido):
- Estado de la licencia de padre de crianza temporal, si la información está en el expediente del caso.
- Todas las infracciones de licencias informadas, incluidas las notificaciones de acción.
- Todos los registros relacionados con la capacitación completados por el padre de crianza.
- Los documentos relacionados con la muerte de un niño en cuidado de crianza se entregarán dentro de los 10 días posteriores a la solicitud o disposición de la investigación, lo que ocurra más tarde.
Sección 10850.45 del Código W&I: Reporte de Casi Muertes de Niños
Sección 6252.6 del Código de Gobierno : No obstante el párrafo (2) de la subdivisión (a) de la Sección 827 del Código de Bienestar e Instituciones, después de la muerte de un hijo adoptivo que es menor de edad, el nombre, la fecha de nacimiento y la fecha de muerte del El niño estará sujeto a la divulgación por parte de la agencia de bienestar infantil del condado de conformidad con este capítulo.